Investigados el alcalde y el secretario de la Pobla Llarga por presunto delito de prevaricación.

El juzgado de instrucción número 4 de Alzira ha aceptado una querella presentada por la empresa Construcciones Gandia, SL, contra el alcalde de la Pobla Llarga, Rafael Soler, y el secretario del ayuntamiento por un presunto delito de prevaricación.

El ayuntamiento rescindió en marzo de 2009 el contrato adjudicado a esta constructora para la rehabilitación de la Casa de la Música por «incumplimiento del plazo de ejecución total previsto» de las obras. La adjudicación se realizó en noviembre de 2006 y el plazo de ejecución de los trabajos era de 5 meses a partir de la firma del acta de replanteo, que tuvo lugar el 27 de noviembre de 2006.

La empresa afirma que la resolución del contrato se realizó después de cinco requerimientos para que los técnicos municipales aprobasen las certificaciones de obra presentadas por la constructora, con advertencia de la empresa que paralizaría las obras por “incumplimiento de la obligación de transmitir por la dirección facultativa las ordenes por escrito, así como el incumplimiento de fijar precio para las modificaciones, no comprendidas en el proyecto.

Según afirman los denunciantes, el ayuntamiento solo ha pagado 4 de las 9 certificaciones de obra presentadas, que ascienden a 157.525,7 euros. Cuando se rescindió el contrato las obras estaban al 50% y la deuda del ayuntamiento con la empresa es de más de 420000 euros. La constructora considera que la resolución del contrato es fraudulenta y que no se puede alegar incumplimiento de plazo cuando existe un incumplimiento de pago del consistorio.

La empresa considera que el alcalde y el secretario han incurrido en presunta prevaricación porque conociendo los hechos, no manifestaron nada de ello al pleno y obtuvieron dictamen del Consell Juridic Consultiu para resolver el contrato omitiendo todos los escritos de la empresa.

Por su parte Rafael Soler, alcalde de la Pobla Llarga, ha defendido la actuación municipal, indicando que se acordó en pleno y esta avalada por el informe de Consell Juridic Consultiu. Confirmo que el único motivo de la resolución del contrato es el incumplimiento de los plazos previstos. Tenía que estar acabada en 5 meses y llevamos tres años y medio.