Condenan a la demandante del Fortí de la Reina a indemnizar al ex secretario municipal

El juzgado de primera instancia número tres de Tarragona ha condenado a Rosa Elias, la demandante del Fortí de la Reina, a pagar 10.000 euros a Ponç Mascaró, el ex secretario general del Ayuntamiento. El magistrado considera que las declaraciones efectuadas por  la procuradora tarraconense en una entrevista al Diari de Tarragona el pasado 7 de diciembre de 2008 constituyen «una intromisión ilegítima en el derecho al honor» del ex secretario municipal, a quien Elias señaló como el principal responsable del otorgamiento de la licencia de obras para que se construyera un restaurante (ya desmontado) en el interior del Bien Cultural de Interès Nacional (BCIN) de la Punta del Miracle, en la zona conocida popularmente como el Pla Cantallops.

En el artículo, y según se transcribe en la sentencia dictada el pasado 8 de enero, Elias afirmó: «Es inexplicable que Mascaró informara favorablemente de la concesión de la licencia pese a la advertencia del arquitecto municipal de urbanismo. Si hubiera existido un simple error, el consistorio lo tenía muy fácil. Desde mi primer recurso de 1989 hasta la sentencia de 1992 se podría haber evitado que se iniciaran las obras».

En la entrevista, Elias añade que «la legislación administrativa establece que los funcionarios que informan en contra de la legalidad son los responsables de las decisiones que toman los políticos». En este sentido, la procuradora entiende que «el Ayuntamiento puede exigir civilmente al responsable del error si esta decisión ha ocasionado gastos económicos. Quien informó a favor de la licencia debería responder con su patrimonio personal».

El juez, en la sentencia, considera que «es falso» que el ex secretario municipal informara favorablemente del permiso para la edificación del establecimiento hostelero. «No existe ningún informe jurídico de carácter escrito en el expediente por parte de Ponç Mascaró», se indica en el documento. Asimismo, el magistrado considera que el funcionario entre 1976 y 2009 «no tenía el deber jurídico de emitir ningún informe ya que las funciones de asesoramiento jurídico en materia de licencias y urbanismo de la corporación local las tenía delegadas el vicesecretario general desde el acuerdo municipal del 15 de septiembre de 1983».

El magistrado considera que el hecho de que aparezca la firma de Mascaró en la concesión de la licencia del 28 de febrero de 1989 se debe «exclusivamente en ejercicio de su función de certificación o fe pública, sin que ello supusiese conformidad con el contenido de los acuerdos municipales».