Topos de la Guerra Civil (Secretarios de ayuntamiento)
Saturnino de Lucas Gilsanz y Pedro Gimeno Espejo
Saturnino de Lucas Gilsanz (San Martín y Mudrián (Segovia), 4.4.1911 / San Martín y Mudrián, 6.12.1970)
Hijo de una familia de resineros y segundo de ocho hermanos, a los seis años hubo de ponerse a trabajar. Saturnino padeció la polio que le dejó como secuela una cojera acentuada. Se formó gracias a la altruista colaboración del maestro de la localidad que le dio clases particulares más allá de los estudios elementales, llegando a adquirir una notable formación en Derecho, lo que le permitió representar en juicio a obreros sin recursos.
Ganó por oposición la plaza de secretario en el Ayuntamiento de Torrijos (Toledo), pero al ser menor de 25 años no pudo tomar posesión del cargo. Se afilió a UGT y al PSOE, presidiendo el sindicato toledano de la UGT de 1933 a Julio de 1936.
El 14 de Marzo de 1936 fue nombrado alcalde de su localidad. Triunfante el Alzamiento en toda Segovia, el 24 de Julio el párroco le avisó de que iban a detenerlo. Desde ese instante, y durante toda la guerra, permaneció oculto en una estancia de la parroquia, con la connivencia del cura. Desde 1940 se ocultó en el desván de la casa de sus padres, donde permaneció 30 años más. Tras la muerte de sus padres en 1968 se planteó salir, pero no lo hizo hasta el decreto de 1969, con 59 años de edad, falleciendo a los pocos meses.
https://es.wikipedia.org/wiki/Saturnino_de_Lucas
Pedro Gimeno Espejo
Nacido en 22 de marzo de 1909 en Cartagena (Murcia). hijo de Pedro Gimeno Torres un agricultor de clase media con algunas propiedades, y Mercedes Espejo Navarro. Abogado. Cursó sus estudios universitarios en la Universidad de Murcia, doctorándose en Derecho Internacional por la Universidad Central de Madrid en 1930.
De profundas convicciones religiosas que no le impidieron afiliarse a la Agrupación Socialista de Murcia desde ese mismo año.
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1933/106/A00423-00423.pdf
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION ORDENES Ilmo. Sr.: Este Ministerio ha dispuesto que ínterin se provee la Presidencia de la Primera Agrupación de Jurados mixtos de Cartagena, se encargue de presidir dicho Organismo el actual Vicepresidente de la Segúnda Agrupación D. Pedro Gimeno Espejo. Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos. Madrid, 12 dé Abril de 1933. FRANCISCO L. CABALLERO Señor Director general de Trabajo.
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1934/034/A00925-00927.pdf
limo. Sr.: Por hallarse incurso en la condición prohibitiva de falta de edad que señala el artículo 2º. del Decreto de 10 del corriente. Este Ministerio ha dispuesto que don Pedro Gimeno Espejo cese en el cargo de Vicepresidente de la segunda Agrupación de Jurados mixtos, de Cartagena. y que por las representaciones que integran el mencionado Organismo se proceda a formular la propuesta para cubrir la correspondiente vacante, de conformidad con lo prevenido en el artículo 18 de la Ley de 27 de Noviembre de 1931. Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos. Madrid, 29 de Enero de 1934,
Obtuvo plaza de secretario en el ayuntamiento de Frailes (Jaén), trasladándose posteriormente a Cazalilla, donde le sorprendería el golpe de Estado del 18 de julio de 1936.
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1936/252/B01710-01711.pdf
Ilmo. Sr.: De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 15 de Agosto último, Este Ministerio acuerda nombrar para el cargo de Abogado Fiscal interino a D. Pedro Gimeno Espejo. Madrid, 7 de Septiembre de 1936. P. D., L. MARTIN ECHEVERRIA Señor Fiscal general de la República.
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1937/071/B01173-01173.pdf
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION ORDENES Ilmo. Sr. : Vistas las propuestas formuladas por las representaciones patronal y obrera y por el Delegado provincial de Trabajo, para la provisión de la presidencia .de la Agrupación de Jurados M ixtos de Jaén, Este Ministerio, de acuerdo con lo que previene el artículo 18 de la Ley. de 27 de Noviembre de 1931, ha tenido a bien disponer que sea nombrado Presidente de la indicada Agrupación D. Pedro Gimeno Espejo. Lo que participo a V. S. n los procedentes efectos. Valencia, 24 de Febrero de 1937.
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1938/294/B00252-00253.pdf
Ilmo. Sr.: A propuesta de la Fiscalía General de la República y en atención a las conveniencias del servicio, este Ministerio ha resuelto que el Abogado Fiscal interino de la Audiencia de Jaén, don Pedro Gimeno Espejo, pase a servir con el indicado carácter de interino, la plaza de Fiscal Jefe de dicha Audiencia, vacante por traslado de don Ricardo Ratia Poyatos, que la desempeñaba. Lo que digo a V.I. para su conocimiento y demás efectos. Barcelona a 18 de octubre de 1938
Al finalizar la contienda, y teniendo posibilidades de abandonar el país decide trasladarse al puerto de Alicante, siendo detenido el día 1 de abril de 1939 e internado en el campo de concentración de Albatera desde agosto hasta diciembre de ese mismo año.
A los dos meses, su padre, utilizando influencias de bando ganador, logró sacarlo de allí y trasladarlo de nuevo a Cartagena.
En ese momento inicia su vida de encierro y emparedamiento: tanto padre como hijo sabían que en cuanto se enteran de que había salido del campo de concentración se le iba a volver a detener. Es cuando se hace ‘topo’, aprovechando que nadie lo había visto llegar.
Utilizó varios escondites, al morir el padre en 1941, su madre y hermana fueron las únicas personas que sabían dónde se encontraba escondido, leyendo, estudiando, escuchando la radio y esperando el derrocamiento del régimen franquista o un indulto. Permaneció escondido en la casa de campo de su madre en La Corana hasta Junio de 1969. (30 años escondido)
Tras su salida y con sesenta años, se trasladó a vivir a Benidorm en donde trabajó discretamente en un bufete de abogados hasta su fallecimiento.