Suspendido de empleo el secretario del Ayuntamiento de Hermigua por obstaculizar la gestión municipal
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife ha confirmado la suspensión de empleo y sueldo ordenada por la alcaldesa del municipio gomero de Hermigua, Solveida Clemente, contra el secretario de la corporación, Pedro Bondía por obstaculizar la gestión municipal.
Así lo ha informado hoy en un comunicado el Ayuntamiento de Hermigua, que explica que en julio la alcaldesa acordó incoar expediente disciplinario al secretario de la corporación por comportamientos irregulares en su conducta profesional.
El secretario al no estar de acuerdo con la suspensión de empleo y sueldo, que implica una reducción de sus retribuciones en un 60 por ciento, decidió interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo un procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, según indica la nota.
También interpuso una pieza separada de medidas cautelares, en la que solicita que el Juzgado declare que la suspensión de empleo y sueldo acordada por la alcaldesa no procede y que se acuerde la reincorporación a su plaza de funcionario.
La corporación destaca que la pieza separada de medidas cautelares que ha sido resuelta por el Juzgado concluye que la suspensión no sólo es proporcionada, sino necesaria para evitar la perturbación de los servicios públicos municipales y la obstaculización de la gestión municipal.
El equipo de gobierno municipal asegura que nunca se pretendió llegar a estos extremos, pero «ciertamente nos veíamos en una situación sin retorno y con la sensación de que en Hermigua no se hacía nada».
El Ayuntamiento de Hermigua advierte de que el procedimiento principal instado por el secretario de la corporación aún no ha sido resuelto, por lo que en la sentencia que definitivamente se dicte se resolverá nuevamente si procedía o no la imposición de la suspensión de empleo y sueldo acordada.
No obstante, recuerda que, según el auto citado, el secretario deberá permanecer en estado de suspensión de empleo y sueldo hasta que recaiga sentencia firme o hasta que la alcaldesa decida que se incorpore nuevamente a su puesto de trabajo.