El interventor de Abanto y Ciérvana tiene derecho a ser repuesto en el cargo
El TSJPV, mediante sentencia del 30 de mayo del 2013, ha declarado nula de pleno derecho la resolución de la Viceconsejeria de régimen jurídico de 20 de septiembre de 2010, estimatoria en parte del recurso de alzada formulado contra la resolución de 28 de mayo de 2010 del director de registros administrativos y de régimen local que imponía al interventor de Abanto y Ciérvana la sanción de destitución del cargo por la comisión de una falta grave (notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas) y reducía a 8 meses el plazo de prohibición de obtener nuevo destino. Y el decreto 645/2010 de 24 de septiembre por el que se hacia efectivo la destitución del cargo del interventor del Ayuntamiento de Abanto y Ciérvana.
Y declara el derecho del recurrente a ser repuesto en la situación jurídica existente con anterioridad.