El TSJA desestima el recurso del ayuntamiento contra la nulidad del acuerdo que sancionaba al secretario municipal
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación del Ayuntamiento de Corvera contra la sentencia que declaró nulo, por no ser ajustado a derecho, el acuerdo del Pleno que sancionó al secretario municipal, Ramón Menéndez Chaves, con una suspensión de empleo y sueldo durante un año. La sentencia también obliga al Ayuntamiento a pagar las costas del proceso.
El equipo de gobierno corverano (USPC y PP) consideró falta grave la emisión de cuatro informes en marzo de 2005 en los que, «por desconocimiento, por ignorancia o por mala fe», el secretario informó «incorrectamente» del procedimiento a llevar a cabo en la aprobación del plan parcial de Los Campos, tanto en la fase inicial como en la definitiva. Por cada uno de ellos, la USPC y el PP pidieron una suspensión de tres meses. El acuerdo fue recurrido por el secretario municipal ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo número dos de Oviedo, que le dio la razón, al considerar el juez que «ninguno de los informes son susceptibles de integrar la infracción apreciada por el Ayuntamiento».
Tras el recurso de apelación, el TSJA no advierte «la existencia de daño alguno para el interés público, toda vez que los instrumentos de planeamiento afectados por los informes que dieron lugar al expediente sancionador se tramitaron y aprobaron sin materializar daño alguno».
En la sentencia se señala que para que exista una negligencia grave, como la que dice el Ayuntamiento, se exige un «daño evidente para el interés general» y que «la infracción sea evidente, patente e indubitada sin necesidad de mayores interpretaciones y razonamiento». Y añaden: «A nuestro entender, no debe reputarse la concurrencia de ese elemento de agravación cuando existe una racionalidad y razonabilidad en el contenido y argumentación del informe jurídico donde se dice que nace la infracción».