El alcalde de Xeresa declara que retiró el sueldo al secretario para cumplir el acuerdo del pleno
El alcalde de Xeresa, Cipriá Fluixá, compareció ayer en la sección quinta de la audiencia de Valencia para declarar en relación con un delito de prevaricación del que esta acusado. El conflicto nace del acuerdo adoptado en pleno de 24 de abril de 1998, por unanimidad de todos los partidos políticos (PP, PSOE, UV y BLOC) aprobando la incoacción de expediente disciplinario al secretario interventor del consistorio y la suspensión de empleo y sueldo durante su tramitación (6 meses).
Posteriormente el alcalde dictó una resolución basada en el acuerdo plenario.
“Yo he sido cauto como alcalde, he hice cumplir el acuerdo del pleno aprobado por unanimidad” afirmó el alcalde de Xeresa, Cipriá Fluixá, ante el tribunal de la audiencia de Valencia.
El alcalde manifestó sentirse injustamente acusado por hacer cumplir las normas de funcionamiento de las corporaciones locales, al no abonar el salario al secretario interventor del ayuntamiento durante el periodo de una sanción.
Por su parte, el fiscal solicitó ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público para el alcalde, mientras que la acusación particular se sumaba a esa pena más un millón de pesetas de indemnización.
Según el relato de los hechos de la fiscalía, el secretario tenia derecho a la percepción del 75% de las retribuciones básicas pero el alcalde “negó el abono de sus retribuciones al expedientado”.
El fiscal considera que el Alcalde conocía los derechos económicos del secretario al haber obtenido de los servicios jurídicos de la diputación de valencia un informe al respecto, no obstante “no efectuó las correspondientes órdenes de pago durante los meses sucesivos a pesar de las múltiples requerimientos amistosos que le fueron dirigidos por el secretario”.
El secretario-interventor presento una querella el 5 de octubre de 1998 contra el alcalde, y es entonces cuando por resolución de 31 de octubre de 1998 ordenó el pago al querellante de las cantidades que le correspondían entre el 23 de abril y el 22 de octubre. El letrado de la defensa, Vicent Estruch, emitió un informe ante el tribunal, pidiendo la absolución del alcalde alegando que “no participó en la tramitación del expediente administrativo y solo actuó a expensas del juez instructor del expediente”.
Acogiéndose a la presunción de inocencia, Estruch dijo que no se ordenó el pago hasta octubre porque era entonces cuando se cumplían los plazos de caducidad del expediente disciplinario y no porque se hubiese presentado la querella, lo que consideró una suposición de las partes acusadoras. Añadió que tampoco se cumplen los requisitos del delito de prevaricación, porque nunca se dictó una resolución injusta o con mala fe.