Comunicado del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares en defensa de los funcionarios y empleados públicos del ayuntamiento
Escrito por Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares
Fecha 9 de Julio de 2021
en Concejalía de Personal y Servicios Municipales
Ante las dudas vertidas sobre la profesionalidad del interventor del Ayuntamiento por el Partido Popular de Hoyo de Manzanares, como anteriormente hicieron también sobre la secretaria municipal, por motivos ideológicos, haciendo pública su adscripción a un determinado partido político, el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, en defensa de la profesionalidad e imparcialidad de los trabajadores quiere puntualizar:
1.- Según el artículo 16 de la constitución española:
– Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
– Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
2.- Los ayuntamientos, no pueden contratar interventores, son habilitados de cuerpo nacional, y el nombramiento lo realiza la Comunidad de Madrid.
3.- D. Eulalio Ávila Cano, es secretario e interventor de categoría superior, después de pasar cuatro oposiciones.
4.- Ha sido presidente y también secretario general de la Unión de Directivos Territoriales de Europa (UDITE).
5.- Ha sido presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Admón. Local de España (COSITAL).
6.- Ha impartido numerosos cursos en diversas instituciones y universidades así como el Master de Derecho Local.
7.- Ha dirigido y participado en Congresos y Seminarios internacionales y ha impartido conferencias en diversas instituciones, entre ellas, el Consejo de Europa y el Comité de las Regiones de la Unión Europea, y en países como Francia, Gran Bretaña, Portugal, Malta, Polonia, República Dominicana, Bolivia, Uruguay entre otros.
8.- Es autor de numerosos libros y publicaciones.
9.- Después de trabajar en diferentes municipios de la CM, entre ellos el ayuntamiento de la capital, actualmente es titular en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, y tiene la Intervención de Hoyo en acumulación.
10.- El artículo 103 de nuestra Constitución, establece que la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. Para conseguir esta independencia la ley regula el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
Por todo lo anterior, este Ayuntamiento no va a consentir que se ponga en duda la profesionalidad ni la independencia de sus funcionarios y empleados públicos.
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