Condenados el exalcalde, el exinterventor y el exdepositario de Ascó
La Audiencia provincial de Tarragona ha condenado, mediante sentencia de 30 de abril de 1991, a un año de prisión menor y seis años y un día de inhabilitación a Joan Carranza, Alcalde de Asco entre 1979 y 1983, por un delito de malversación de caudales públicos. La Audiencia también ha condenado al ex interventor del Ayuntamiento, Ramón Bonastre a idéntica pena en concepto de autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos, y al ex depositario Antonio Ribas a pagar una multa de 150.000 pesetas.
El proceso criminal tuvo que ver con la gestión de Bonastre como «secretario interventor habilitado» del Ayuntamiento de Ascó, durante el mandato del alcalde, Juan Carranza.
El texto de la sentencia es particularmente duro contra el exinterventor y toda la gestión municipal. La prueba es que Bonastre fue considerado merecedor de la misma pena que el propio alcalde. En cambio, el depositario de los fondos municipales sólo fue condenado a pagar una multa.
En la sentencia condenatoria la Sala Primera de la mencionada Audiencia afirma que «la contabilidad del Ayuntamiento de Ascó se llevara de forma anárquica, rayando en lo caótico, pues no existía concordancia entre los ingresos liquidados y los padrones correspondientes, quedando al final del beneficio restos por cobrar y pagar, sin los debidos soportes documentales». También se refiere a una «cuenta (bancaria) bisagra».
La sentencia también establece que «tanto el secretario interventor (es decir Ramón Bonastre), como el Depositario (condenado a una pena mucho menor) dieron viabilidad con sus firmas, necesarias para realizar las transferencias, a sabiendas de que los fondos públicos iban a una cuenta que ellos no podían intervenir ni vigilar, desentendiéndose por completo del destino que dichos fondos pudieran tener ni quiénes han sido sus receptores».