Real Decreto de 11 de diciembre de 1900 aprobando el Reglamento de Secretarios de las Diputaciones Provinciales y el Reglamento de Contadores de fondos provinciales y municipales.
En la Gaceta de Madrid (Boletín Oficial de la época) de 13 de diciembre de 1900, se publica el Reglamento de Secretarios de las Diputaciones Provinciales y el Reglamento de Contadores de fondos provinciales y municipales.
SEÑORA: Son de pública notoriedad y reconocida urgencia los motivos que aconsejan reglamentar las importantes funciones que en las Diputaciones provinciales desempeñan los Secretarios facultativos, y dar estado definitivo a la reglamentación provisional que, para los Contadores de fondos provinciales y municipales, estableció, con feliz iniciativa, el Real decreto de 18 de Mayo de 1897.