Real Decreto de 23 de Julio de 1835 para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la Península e Islas adyacentes
En la Gaceta de Madrid (Boletín Oficial de la época) de 24 de Julio de 1835, se publica el Real Decreto de 23 de Julio de 1835 para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la Península e Islas adyacentes
REAL DECRETO PARA EL ARREGLO PROVISIONAL DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PENÍNSULA E ISLAS ADYACENTES
Convencida de la necesidad de la reorganización de los cuerpos municipales, y deseando que esto se verificase con la prontitud posible para que los pueblos pudiesen gozar de los beneficios que de ello les debe resultar, y a fin de que tuviese efecto la autorización de los Estamentos; he oído los dictámenes del Consejo Real de España e Indias, del de Gobierno y del de Ministros en un punto grave de suyo, aunque con la calidad de interino, por La influencia que puede tener su resultado cuando se trate de darle consistencia y solemnidad de ley; y en su vista he venido en decretar, en nombre de mi augusta Hija Doña ISABEL II, que se proceda a plantear provisionalmente los ayuntamientos de los pueblos en la forma siguiente: