Acceso preferente a la función publica

Por Ley de 25 de Agosto de 1939 se aprobó el acceso preferente a la función pública por parte de mutilados, ex combatientes y ex cautivos, así como a los familiares de las víctimas de la guerra, y se les reservó el 80% de las plazas en las categorías inferiores de las plantillas de la Administración.

La Ley de 17 de Julio de 1947, reduce los porcentajes que se habían establecido en la de 25 de agosto de 1939, por considerar que todos estos colectivos afectados por la guerra ya han podido cumplir su aspiración de ingresar en un cuerpo del Estado y es necesario abrir posibilidades a la juventud que termina su formación. Y en consecuencia dichos porcentajes quedan invertidos al establecer para la concurrencia libre un 80% de las vacantes y un 20% para aquellos que alegaran alguna circunstancia relacionada con la guerra Civil

Dicha Ley establecía que «en las oposiciones o concursos para ingreso en los Servicios y Cuerpos de los Ministerios, Diputaciones, Municipios y Corporaciones o Entidades que realicen o exploten o sean concesionarios de servicios públicos, las vacantes se distribuirían de la siguiente manera:

– 5% para Caballeros mutilados de guerra por la patria.
– 5% para excombatientes que hayan alcanzado por lo menos, la Medalla de Campaña o reúnan las condiciones que para su obtención se precisan.
– 5% para excautivos por la Causa Nacional que hayan luchado con las armas por la misma o que hayan sufrido en las cárceles o campos rojos durante mas de tres meses, siempre que acrediten su probada adhesión al Movimiento desde su iniciación y su lealtad al mismo durante su cautiverio.
– 5% a los huérfanos y otras personas económicamente dependientes de las victimas nacionales de la guerra y de los asesinados por los rojos.
– 80% para la concurrencia libre